Auto22 de junio de 2022
A- de 2022
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante --·Demandado --
✓
Tema · dato duro
Sin Información
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Bloqueo Institucional Inconstitucional
- Configuración
Sala Especial De Seguimiento De La Corte Constitucional En Materia De Desplazamiento Forzado
- Sentencia T-025 de 2004
Corte Constitucional
- Mandatos específicos para que se informe de manera concisa la adopción de medidas conducentes a la superación del estado de cosas inconstitucional
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Sin información
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (12 puntos)
- Primero. DECLARAR la carencia actual de objeto, en relación con la solicitud presentada por la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado, en los términos del fundamento jurídico 4 de esta providencia.
- Segundo. ORDENAR al Director de la Unidad para las Víctimas abstenerse de omitir injustificadamente la entrega de la información solicitada por los demás actores que intervienen en el proceso de seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004.
- En ese sentido, ADVERTIR al mencionado funcionario que, negar el acceso a la información a la sociedad civil constituye un incumplimiento de sus obligaciones procesales. Aquello, configura un bloqueo institucional que afecta el proceso de seguimiento y vulnera los derechos de la población en situación de desplazamiento forzado.
- TERCERO. COMUNICAR, por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, la presente decisión al Director de la Unidad para las Víctimas, al Secretario Técnico de la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado, a la Procuradora General de la Nación, al Contralor General de la República y al Defensor del Pueblo.
- Comuníquese, notifíquese y cúmplase.
- GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
- Magistrada
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.